ubvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas al fomento de la cooperación transfronteriza en la Eurorregión AlentejoAlgarve-Andalucía.

Código de ayuda:

S36319/20

Norma:

Orden de 13 de julio de 2020. Resolución de 28 de julio de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de septiembre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 6.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan para el ejercicio 2020, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia no competitiva, subvenciones para la realización de proyectos y actividades dirigidas al fomento de la cooperación transfronteriza en la Eurorregión Alentejo-AlgarveAndalucía.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Junta De Andalucía Consejería De La Presidencia y Administración Local (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

6.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

- Entidades locales.

- Universidades.

- Instituciones y entidades sin fines de lucro públicas o privadas y Agrupaciones Europeas de Cooperación Territorial.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Jornadas, seminarios, encuentros y cursos.

- Estudios e investigaciones.

- Edición de publicaciones.

- Eventos, certámenes y actividades divulgativas de interés social y cultural.

Requisitos:

- Estar legalmente constituidas e inscritas, en su caso, en el registro público correspondiente.

- Estar localizadas, tener su sede o su domicilio social en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

- Disponer de recursos económicos suficientes, procedentes de fuentes propias o ajenas, para hacer frente al importe no subvencionado por esta Consejería.

- Disponer de capacidad técnica y administrativa suficiente para realizar el proyecto o actividad para el que se solicita la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 17/07/2020
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 137
Documento: Bases Reguladoras 2020 Descargar Documento
Boletín: 03/08/2020
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 148
Documento: Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 03/08/2020
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 148
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento